Entrada de Blog

La Ley 15/2015 de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria abre una segunda vía para el divorcio de mutuo acuerdo, además de la ya existente vía judicial, ya que permite que se tramite ante notario.

¿Cuáles son los requisitos para que el divorcio pueda tramitarse ante notario, sin tener que acudir al juzgado?. Se exigen varios requisitos:

1º.- Que se trate de un divorcio de mutuo acuerdo entre los cónyuges

2º.- Que el matrimonio exista desde hace más de tres meses

3º.- Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.

4.- Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.

Aunque el divorcio se tramite en la notaria, al igual que ocurre con el divorcio que se tramita ante el juzgado, es necesario presentar un Convenio Regulador y se exige que la escritura sea firmada por los cónyuges y por un abogado. Con ello, tanto ante el juzgado, como ante notario, deberán estar asistidos de un abogado y aportar convenio regulador de separación o de divorcio.

Además del Convenio Regulador se deberá aportar la siguiente documentación:

* Libro de familia

* Certificado de matrimonio

* Partidas de nacimiento de los hijos (mayores de edad en su caso)

* Certificado de empadronamiento

* Documentación de las partes

El divorcio ha de tramitarse ante el Notario del último domicilio familiar o el del lugar de residencia de cualquiera de los cónyuges.

En el convenio regulador podrá incluirse también la correspondiente liquidación de la sociedad conyugal.

La tramitación consiste en aportar toda la documentación a la notaria, junto con el Convenio Regulador y posteriormente acudir a firmar la correspondiente escritura de divorcio. Los cónyuges deben intervenir en el otorgamiento personalmente,  sin que sea posible otorgar un poder para que otra persona acuda en su nombre. Si existen hijos mayores de edad que sigan dependiendo de los progenitores, también se exige su presencia en la firma de la escritura de divorcio, aunque en este caso, ellos si pueden otorgar poder a tal efecto.

Muchos clientes preguntan que es más conveniente, si divorciarse en el juzgado o ante notario. Personalmente, si se quiere tramitar rápido el divorcio, la notaria es más efectiva, ya que el mismo día que se acude a firmar la escritura se consigue el divorcio, sin necesidad de esperar los plazos que conlleva una tramitación judicial.

No obstante, a veces la tramitación en notaria tiene unos costes más elevados que la tramitación judicial, ya que aunque se pueda prescindir de la figura del procurador, se ha de aportar Convenio Regulador y se necesita abogado, con lo que en este aspecto el coste es equivalente, con la diferencia de que en caso de contemplarse en el documento regulador clausulas relativas a pensión de alimentos, pensiones compensatorias o cualquier otra que impliquen cantidades el coste del notario aumenta considerablemente y no hablemos de si incluye liquidación de gananciales, en cuyo caso, en muchas ocasiones, la tramitación judicial es más económica.

Pilar Rodríguez González

Abogados

Expónganos su caso sin ningún compromiso. Resolveremos sus dudas.

error: Content is protected !!